AUTO polo que acorda “la medida cautelar de suspensión de la ejecutividad, interesada por la Asociación Ecoloxistas en Acción Galiza, contra la Resolución
de fecha 12/04/2.023 dictada por la Dirección Xeral de Planificación Enerxética e Recursos Naturais (…) que otorga autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción a las instalaciones relativas al proyecto del parque eólico Rodicio II”.
👇🏻 (páxinas 4 e 5)
“…la 𝐩𝐫𝐢𝐦𝐞𝐫𝐚, consiste en que es significativa la fragmentación artificial del parque eólico debido a que comparte infraestructuras y área geográfica con el parque eólico Rodicio, por consiguiente, deberían haberse valorado conjuntamente los impactos que sobre el medio ambiente podría ocasionar estos dos proyectos. El informe técnico que adjuntan se hace eco de esta circunstancia. Es más, al parecer del mismo en la zona está previsto que se implanten decenas de parques con centenares de aerogeneradores que se van a situar en espacios contiguos y solapados, lo que se va a traducir en un parque gigantesco, cuyas repercusiones medioambientes deberían haberse evaluado de forma conjunta y no troceada; la 𝐬𝐞𝐠𝐮𝐧𝐝𝐚, sería que existió una defectuosa tramitación de la información pública por falta de consecución de los informes de las Administraciones sectoriales con carácter previo a que el público informase; la 𝐭𝐞𝐫𝐜𝐞𝐫𝐚, sería que concurre afección paisajística e infracción de los arts. 38 y 39 del Decreto 37/2.014, de 27 de marzo, por el que se declaran zonas de especial conservación los lugares de importancia comunitaria de Galicia y se aprueba el Plan Director de la Red Natura 2000 y los objetivos de la propia red natura, porque en el entorno de este parque se contabilizan 21 parques eólicos y 269 aerogeneradores, lo que afecta paisajísticamente y visualmente a la Serra de San Mamede de gran importancia ornitológica; la 𝐜𝐮𝐚𝐫𝐭𝐚, es que afecta también a la biodiversidad y más al patrimonio natural, lo que podría menoscabar la estancia de múltiples especies de flora, de fauna (como el águila real) y a las zonas inundables y humedales. Avalan sus consideraciones con el informe de la Bióloga Sra. Crecente Cabana.”
O AUTO: